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Autor Tema: Requerimiento IVA  (Leído 433 veces)
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DAMIOL
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« en: 26 de Septiembre de 2011, 10:44:06 »

He recibido un requerimiento de IVA, en la que me piden:
-Justificación del carácter deducible del IVA soportado en las adquisiciones de bienes y servicios de vehículos autómoviles de turismo: ¿como debo justificarlo? Me deducí el 50%.
- Justificación de la no aplicación de la regla de prorrata general, del contenido de su declaración resumen anual y/o de los datos obrantes en esta Admon se desprende que aquella debió haber sido aplicada: No entiendo este punto ya que todas mis facturas emitidas llevan IVA ¿tiene esto algo que ver con la compra del coche?
Gracias.
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« Respuesta #1 en: 26 de Septiembre de 2011, 12:30:03 »

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-Justificación del carácter deducible del IVA soportado en las adquisiciones de bienes y servicios de vehículos autómoviles de turismo: ¿como debo justificarlo? Me deducí el 50%.

Aunque solo te dedujeras el 50%, igualmente tienes que demostrar que lo utilizas para tu trabajo. ¿Como?. Dependerá de cual sea tu trabajo dentro de la empresa. A partir de aquí, a justificar que necesitas y utizas el coche para tu trabajo.


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- Justificación de la no aplicación de la regla de prorrata general, del contenido de su declaración resumen anual y/o de los datos obrantes en esta Admon se desprende que aquella debió haber sido aplicada: No entiendo este punto ya que todas mis facturas emitidas llevan IVA ¿tiene esto algo que ver con la compra del coche?

No tiene nada que ver con la anterior. De alguna manera han detectado (correcta o erróneamente) que  realizas actividades exentas de iva, es decir, por las que no repercutes IVA. En el caso que se así, deberias aplicarte la regla de prorrata y dar una parte del IVA recibido como gasto. Llegate a tu administración y que te informen del motivo de dicha comunicación.


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« Respuesta #2 en: 26 de Septiembre de 2011, 05:00:34 »

Hola

Opino como el compañero, sólo matizar que sólo debes acreditar la afectación del vehículo, una vez acreditado esto, si la administración no acepta el 50%, la carga de la prueba de una afectación menor recae sobre ella; tú cumples con acreditar que lo utilizas para la actividad ¿Cómo? Cualquier método valido en derecho, por ejemplo visitas a clientes, hacienda, tesorería etc. y por supuesto estar contabilizado dentro del libro registro de bienes de inversión; vamos que hacienda tiene difícil tumbarte el 50%.

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DAMIOL
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« Respuesta #3 en: 27 de Septiembre de 2011, 05:14:08 »

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-Justificación del carácter deducible del IVA soportado en las adquisiciones de bienes y servicios de vehículos autómoviles de turismo: ¿como debo justificarlo? Me deducí el 50%.

Aunque solo te dedujeras el 50%, igualmente tienes que demostrar que lo utilizas para tu trabajo. ¿Como?. Dependerá de cual sea tu trabajo dentro de la empresa. A partir de aquí, a justificar que necesitas y utizas el coche para tu trabajo.

Autónomo comercial de venta de diferentes servicios tales como Comercio Exterior, Subvenciones, LOPD... Necesidad de utilizar el coche para visitar a empresas y comercio de la Provincia. Por lo tanto, ¿como debo de justificarlo? ¿se debe de realizar un escrito describiendo en que consiste la actividad? ¿Es conveniente adjuntar detalle de visitas a empresas de la zona (empresa, dirección  dia de visita, ....)? ¿que es lo que habitualmente se hace en estos casos para justificar que el vehículo está afecto a la actividad y que su IVA es deducible?


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- Justificación de la no aplicación de la regla de prorrata general, del contenido de su declaración resumen anual y/o de los datos obrantes en esta Admon se desprende que aquella debió haber sido aplicada: No entiendo este punto ya que todas mis facturas emitidas llevan IVA ¿tiene esto algo que ver con la compra del coche?

No tiene nada que ver con la anterior. De alguna manera han detectado (correcta o erróneamente) que  realizas actividades exentas de iva, es decir, por las que no repercutes IVA. En el caso que se así, deberias aplicarte la regla de prorrata y dar una parte del IVA recibido como gasto. Llegate a tu administración y que te informen del motivo de dicha comunicación.

En este caso, autónomo que en el ejercicio de su actividad, solo efectua prestación de servicios que originan derecho a deducción, es decir todas las facturas emitidas llevan IVA, no existe ningúna sin IVA, puede deberse a algún error en las declaraciones, habrá que revisar todas las facturas emitidas.


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