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Autor Tema: Consulta sobre Exención IVA  (Leído 1785 veces)
0 Usuarios y 2 Visitantes están viendo este tema.
pegani
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« en: 18 de Julio de 2009, 02:13:37 »

Hola a todos, tengo una duda acerca de la exención del IVA, a ver si aquí fueseis tan amables de ayudarme.
Hemos formado recientemente un grupo de baile y los ayuntamientos nos contratan en verano a través de convenios culturales con junta o diputación.
Tenemos la duda de si podemos facturarles sin IVA, la exención la tenemos aprobada y estamos reconocidos como entidad con caracter social, pero me surge la duda de si al ser "espectaculo" es válida dicha exención o sólo nos serviría en el caso de facturar como "clases de baile".
Si nos ayudasen se lo agradeceríamos muchísimo.
Un saludo.
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Pere
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« Respuesta #1 en: 20 de Julio de 2009, 12:12:56 »

Hola. Si teneis reconocido el ser una entidad cultural privada de carácter social, en mi opinión dichos servicios estarían exentos de IVA.

Saludos.
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« Respuesta #2 en: 30 de Julio de 2009, 09:41:23 »

Lo único que yo intentaría prescindir la palabra "Espectáculo" en la factura.

Podrías poner por ej. "Colaboración cultural en fiesta local".

Así estaría más justificada la exención de Iva.

Saludos.
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pegani
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« Respuesta #3 en: 04 de Agosto de 2009, 10:41:59 »

Ante todo gracias por tu respuesta, tengo una última duda: nos han comentado varias posibilidades para sacar dinero del club y no todas concuerdan.
Me explico, nosotros normalmente hacemos pagos a los artistas que contratamos o a los profesionales que vienen a impartir cursos, en unas gestorías nos dicen que debemos retenerles un 15% y en otras que no es necesario, que hacienda no se mete con las asociaciones sin animo de lucro y que podemos pagarles el total sin ningún problema con sólo hacer un recibí. Podrían decirme que piensan ustedes acerca de esto?
Muchas gracias de nuevo, no saben cuantas dudas nos despejan con escribir sólo 2 lineas.
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Pere
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« Respuesta #4 en: 04 de Agosto de 2009, 10:46:47 »

Hola. Si los artistas son profesionales, estáis obligados a retener como cualquier empresa, y esa obligación es vuestra.

Saludos.
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« Respuesta #5 en: 05 de Agosto de 2009, 12:39:11 »

Gracias Pere, y si no son profesionales? Porque hay mucha gente a la que contratamos que no esta dada de alta como autónomo ni nada de nada, de qué manera legal podemos justificar la salida del dinero que les pagamos?
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Pere
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« Respuesta #6 en: 05 de Agosto de 2009, 01:07:59 »

Hola. Pues con un recibo. Y si encima te puede firmar un documento en el que deja constancia de no estar dado de alta, perfecto.

Saludos.
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