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Autor Tema: Arrendamiento varios propietarios  (Leído 446 veces)
0 Usuarios y 2 Visitantes están viendo este tema.
fmmr
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« en: 12 de Enero de 2012, 01:37:17 »

Varias personas son propietarias de un solar en el que se construye un local comercial. Todas las facturas de la construcción van a nombre de un unico propietario. Tras la construccion del local se alquila. ¿Existe la posibilidad de que el propietario a cuyo nombre están las facturas emita facturas al resto de copropietarios para que no se pierda la deducción de parte del IVA?
Gracias.
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thomixes
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« Respuesta #1 en: 13 de Enero de 2012, 10:52:54 »

Según entiendo, las facturas deben ser emitidas a cada uno de los propietarios en proporción a su participación. Otra forma sería constituir una CB, por ejemplo, y emitir las facturas a nombre de la misma. A la hora de alquilar el local, te vas a encontrar con el mismo problema: vais a tener que hacer varias facturas de venta.
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fmmr
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« Respuesta #2 en: 13 de Enero de 2012, 12:29:41 »

Los clientes no querían CB, por lo que se están haciendo cuatro facturas de alquiler.
El problema es que las facturas de gastos solo van a nombre de un propietario, por lo que ese propietario solo se puede deducir la cuarta parte de las facturas que están a su nombre. Esas facturas de gastos ya no se pueden modificar para que estén a nombre de los cuatro propietarios.
Mi duda es que si el propietario que tiene a su nombre los gastos, puede hacer facturas de ingresos a los otros tres propietarios con el importe de los gastos que le corresponde a cada uno. Así no se perderían las 3/4 partes de los gastos.
Gracias.
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taninonino
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« Respuesta #3 en: 15 de Enero de 2012, 07:51:34 »

Hola,
Si lo deseas entra en www.eficacia3.com y quizá podamos ayudar.
Un saludo
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JUAN LOPEZ
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« Respuesta #4 en: 17 de Enero de 2012, 08:10:23 »

El problema es que de conformidad a lo establecido en el código civil, ya está constituida la comunidad de bienes, la cual es el sujeto pasivo del IVA, y por tanto a nombre de la cual se tienen que emitir las facturas y quien cuando se inicie la explotación del local tiene que emitir las facturas.
De este modo el copropietario no puede deducirse ni siquiera la cuarta parte del IVA soportado, y la AEAT en condiciones normales no va a admitir la deducción de las mismas, no sólo al copropietario sino tampoco al arrendatario ya que estaría deduciéndose cuotas de quien no es sujetyo pasivo del IVA.
Por tanto no existe opción de constuituir o no la comunidad de bienes, sino que está constituida de hecho y derecho, siendo esta la que tiene que cumplir con las obligaciones fiscales.
En este sentido existen multitud de consultas de  tributos entre las cuales tienes las siguientes: NUM-CONSULTA   V0475-05, V1040-05, V2236-05, V1288-11
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fmmr
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« Respuesta #5 en: 18 de Enero de 2012, 11:31:56 »

Muchas gracias Juan, estás en lo cierto.
Ahora creo que los copropietarios tendrían que constituir ante Notario la CB ya que se aporta un bien inmueble, y posteriormente pagar ITP por el 1% del valor del bien aportado y solicitar el CIF a la Agencia Tributaria. A partir de ahí todo lo declara la CB y todo en regla.
Pero he leído en algunos foros que para constituir la CB de un supuesto similar se hace en contrato privado y se aporta un capital reducido para no pagar mucho ITP. Y entiendo que esto no es correcto, ya que la CB va a arrendar un local por lo que los comuneros deben aportar ese local a la CB y entonces la Ley obliga que sea en documento público. Por tanto habría que pagar el 1% del valor del local.
¿Esoy en lo cierto?
 Sonrisa Gracias.
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« Respuesta #6 en: 18 de Enero de 2012, 11:38:16 »

Hola, opino como el campeañero Juan López, la CB ya está constituida, con la escritura del solar pide una CIF y date de alta en las obligaciones fiscales.

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Un saludo
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« Respuesta #7 en: 19 de Enero de 2012, 12:51:10 »

 Indeciso ¿Un CIF con las escrituras del solar? ¿Donde decimos el nombre de la Comunidad de Bienes? ¿Y no pagamos el 1% de ITP? ¿La Agencia Tributaria admite esto?

Gracias.
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