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Autor Tema: retencion 15% profesionales  (Leído 710 veces)
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GEMMAP
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« en: 27 de Diciembre de 2011, 05:46:29 »

Una empresa, en concreto persona fisica, es un asesor.
¿cuando y a quien esta obligado a practicar retencion de IRPF el 15% en sus facturas emitidas?
Me descuadra un poco, a veces retiene, otras no retiene. Y siento curiosidad, porque he estado mirando en la pagina de AEAT y no lo veo muy claro.
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« Respuesta #1 en: 27 de Diciembre de 2011, 06:02:31 »

En general cuando factura a otros profesionales o empresarios por sus servicios, nunca a particulares.

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« Respuesta #2 en: 27 de Diciembre de 2011, 06:33:43 »

aunque los empresarios, sean personas físicas???
En algún sitio de INFORMA de AEAT he leido que se practicaran las retenciones cuando lo soliciten, eso es lo que me hace dudar. ¿si no lo solicitan, no se practica retencion?
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thomixes
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« Respuesta #3 en: 27 de Diciembre de 2011, 06:54:31 »

La retención debe practicarse siempre, lo solicite o no, Hacienda debe financiarse independientemente de la voluntad de cada uno. Como te dice el compañero, sólo se practica retención en facturas a otros profesionales o empresarios en el ejercicio de su actividad, no a particulares. Si facturas a un empresario pero por un tema que no tiene nada que ver con su actividad económica, debe considerarse como un particular, pero claro, no puede deducirse esa factura.
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« Respuesta #4 en: 27 de Diciembre de 2011, 07:31:01 »

Muchas gracias, esa era la discusión que tenia con mi jefe, unicamente practica retención a quien se lo solicita.
Y a mi no me cuadraba.
Le decia que tenia que retener a todos sus clientes (profesionales) por los trabajos realizados y él dice que solamente si lo solicitan. En fin. Yo soy de laboral y no de fiscal, entiendo que él es el profesional.
Gracias
Por cierto la retención un 15% y si es inicio de actividad los tres primeros años (y esto ultimo lo entiendo que si inicia la actividad en junio 2010, hasta junio 2013 sera el 7% y a partir de julio 2013 será el 15%) ¿es correcto?
Sois de muy gran utilidad. Os agradezco la informacion.
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thomixes
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« Respuesta #5 en: 27 de Diciembre de 2011, 07:49:29 »

La retención al 7% es el año de inicio de la actividad (desde la fecha de inicio hasta el 31/12) y los dos siguientes (desde el 1/1 hasta el 31/12).
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« Respuesta #6 en: 27 de Diciembre de 2011, 09:04:56 »

Muchas gracias, esa era la discusión que tenia con mi jefe, unicamente practica retención a quien se lo solicita.
Y a mi no me cuadraba.
Le decia que tenia que retener a todos sus clientes (profesionales) por los trabajos realizados y él dice que solamente si lo solicitan. En fin. Yo soy de laboral y no de fiscal, entiendo que él es el profesional.
Gracias
Por cierto la retención un 15% y si es inicio de actividad los tres primeros años (y esto ultimo lo entiendo que si inicia la actividad en junio 2010, hasta junio 2013 sera el 7% y a partir de julio 2013 será el 15%) ¿es correcto?
Sois de muy gran utilidad. Os agradezco la informacion.

Quien debe retener es el pagador, independientemente de que en la factura conste o no la retención o que este profesional la haya pedido o no. Es decir tu  jefe no retiene a sus clientes, le retienen a él sus clientes empresarios o profesionales.

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« Respuesta #7 en: 28 de Diciembre de 2011, 10:49:30 »

gracias por la corrección.
Mi jefe en sus factura emitidas aplicaria rentención del 15%, que los clientes (profesionales) deben declarar en el mod 111 y abonar a hacienda.

OK GRACIAS.
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