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Autor Tema: deduccion por cambio de domicilio?  (Leído 460 veces)
0 Usuarios y 2 Visitantes están viendo este tema.
acaymo5
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« en: 01 de Diciembre de 2011, 02:25:42 »

Durante el año 2010 trabajé como profesor de secundaria en Jaen y mi domicilio está en malaga, por lo que me vi obligado a trasladarme. Esto ocurrió hasta agosto. Seguidamente estuve desempleado hasta noviembre que empecé a trabajar en malaga, donde esta mi domicilio. Despues de hacer la renta un compañero me dijo que podía haber desgravado por cambio de domicilio, pero claro la renta estaba ya hecha.

Este año 2011 estoy en una situacion parecida. de Enero a julio he estado trabajando en Malaga, donde esta mi domicilio. Y de septiembre a Diciembre en Almería.

Mi pregunta es: si existe algun tipo de desgravación por estar obligado a cambiar de domicilio? Soy profesor y trabajo para la Consejeria de educacion de la junta de andalucia.

Tracias
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harko
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« Respuesta #1 en: 01 de Diciembre de 2011, 04:24:37 »

La reducción consiste en un incremento en el 100% de la reducción por rendimientos de trabajo.
Viene regulada en el artículo 20.2.b de la Ley del IRPF, y en el 12.2  del Reglamento. Los requisitos para poder aplicar la reducción son:

Artículo 20.(Ley)  Reducción por obtención de rendimientos
del trabajo.
....." Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija
el traslado de su residencia habitual a un nuevo muni­cipio, en las condiciones que reglamentariamente se
determinen. Este incremento se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residen­
cia y en el siguiente.......

Artículo12. 2. Reglamento) Podrán aplicar el incremento en la reducción esta­blecido en el artículo 20.2 b) de la Ley del Impuesto
los contribuyentes desempleados e inscritos en una oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo situado en un municipio distinto al de su residencia habitual, siempre que el nuevo puesto de trabajo exi­ja el cambio de dicha residencia."

Saludos.


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acaymo5
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« Respuesta #2 en: 07 de Diciembre de 2011, 10:38:55 »

Muchas gracias por tu respuesta. Ha sido rápida y clarificadora. saludos.
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