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Autor Tema: sociedades profesionales cuidado sentencia  (Leído 1072 veces)
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« en: 20 de Marzo de 2011, 05:43:51 »

Qué pensaís hacer los que tengaís S.L de asesoramiento y todavía no han adaptado los estatutos a la SLP. Lo digo por la sentencia de febrero del Juzgado Mercantil de Canarias disolviendo una SL que no adaptó los estatutos.

Saludos
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Pere
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« Respuesta #1 en: 21 de Marzo de 2011, 11:49:02 »

Hola Número. Es un tema espinoso la verdad. Yo sigo diciendo que esa ley está mal hecha, pero bueno, ahí está.

Tal y como está la norma las llamadas sociedades de intermediación no están sujetas a la misma, el problema está en ver si se es o no una sociedad de intermediación, cuando en realidad se trabaja conjuntamente.

Por otro lado, imaginemos que sólo te dedicas al fiscal y contable. En este caso hoy en día esta profesión no está regulada y no necesitas título universitario para ejercer, con lo cual no entrarías tampoco. Pero el tema del laboral sí...es un jaleo.

Espero que se pueda aclarar en un futuro próximo.

Saludos.
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« Respuesta #2 en: 22 de Marzo de 2011, 04:37:23 »

Hola Pere, coincido plenamente contigo. Yo personalmente no me dedico a laboral, sólo contabilidad y fiscalidad. De todas formas, si la legislación obligara a tener la titulación adecuada para el ejercicio de esta actividad y la colegiación, no me importaría adpatar los estatutos, y de esa forma colaborar a la desaparición del intrusismo.

Saludos
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Pere
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« Respuesta #3 en: 22 de Marzo de 2011, 10:55:58 »

Voto por ello Número, pero mucho me temo que la futura Ley de Servicios Profesionales por lo que va es por la desregulación, cosa que no beneficia en nada a los profesionales "reales". Veremos cómo queda.

Saludos.
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