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beatrizlp
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« en: 21 de Abril de 2009, 09:30:49 »

Buenos días. El día 01/01/08 hice el siguiente asiento como consecuencia del cambio en el tipo impositivo 600,00 (633) a (4745)600,00. Me gustaria saber si este importe lo considero como una diferencia permanente o temporaria en el calculo del IS.
Otra duda es: el importe del ajuste, los 600 euros, figuran en la cuenta de PYG antes de IS en la partida IMPUESTO DE SOCIEDADES. Entonces, para calcular el IS tengo que tomar el resultado despues de impuestos y hacer el ajuste por la diferencia de 600 euros?

Gracias por responder
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Pere
Trabajamos para ayudarte
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Mensajes: 4,032


La clave está en la ilusión


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« Respuesta #1 en: 21 de Abril de 2009, 10:05:15 »

Hola. Efectivamente, así es. La diferencia es permanente.

Saludos.
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beatrizlp
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« Respuesta #2 en: 21 de Abril de 2009, 10:15:05 »

Muchas gracias.
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