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Autor Tema: Tributacion por ingresos de empresa extranjera en el extranjero  (Leído 438 veces)
0 Usuarios y 2 Visitantes están viendo este tema.
Buenavista
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« en: 30 de Octubre de 2011, 03:55:49 »

Como se tributan en España los ingresos de una empresa extranjera que te abonan en el Pais extranjero por intermediar en la compra venta de materias entre empresas también extranjeras, teniendo en cuenta tu carácter de residente español.
¿Hay que hacer factura con IVA, retención, ...? ¿Si eres autónomo? ¿Si eres sociedad Sl?
¿Hay que presentar algún tipo de documentación para justificar esos ingresos, o con la factura serviría?
¿En el Pais donde se cobra, hay que tributar?
¿Y si ninguna de las empresas que perfeccionan el contrato de compra venta, por el que te pagan, tienen domicilio fiscal en el Pais donde transfieren el dinero para pagar?
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Pere
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La clave está en la ilusión


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« Respuesta #1 en: 03 de Noviembre de 2011, 12:39:35 »

Hola. Para poder responderte haría falta saber todos los detalles de la operación, a través de una consulta profesional.

Saludos.
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« Respuesta #2 en: 13 de Diciembre de 2011, 01:39:05 »


Respecto del IVA la verdad como regla general diría que está sujeto a IVA en el país donde resida el destinatario de la factura, por lo que deberías emitirla sin IVA español siempre que el destinatario sea un empresario o profesional establecido en otro estado.

Respecto de la tributación directa de dicho ingreso será necesario analizar la posible existencia del Convenio para evitar la doble imposición firmado entre España y el país en donde se haya prestado el servicio. Aquí si sería necesario conocer bien los hechos para poder profundizar. Asimismo habría que ver en su caso la normativa interna de ese país para ver si en su caso esa intermediación tributa por un impuesto sobre beneficios o no.

En esta parte como digo es necesario que ofrezcas mas datos sino es imposible. Por último has de saber que dicho ingreso sí tributa en España y lo que te queda es saber como juega la regla de la deducción para evitar la doble imposición en España de acuerdo al convenio que pueda existir con ese país.

un saludo
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