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« en: 18 de Mayo de 2011, 09:53:40 » |
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Buenas,
Tenogo una serie de dudas aver si alguien me puede ayudar.
El caso es que gano un par de euros en servidore spara compartir archivos, hablo de servidores como megaupload, depositfiles y entre otros...Lo que gano en esos servidores lo cobro atraves de paypal y yo quiero saber como declarar esos ingresos teniendo en cuenta que las empresas esa son extranjeras y que estan exentas de iva.
La cuestion ahora seria como o con que modelo habria que declararlo esos ingresos.
saludos y gracias
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Flamingo Asesores
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« Respuesta #1 en: 22 de Mayo de 2011, 10:37:53 » |
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Como eres residente en España, tendrás que incluir en tu declaración todos los ingresos de tu actividad, con independencia de la localización del pagador. Si te practican algún tipo de retención podrás también incluirla para evitar la doble imposición internacional. Saludos
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« Respuesta #2 en: 27 de Mayo de 2011, 11:06:17 » |
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Gracias por la respuesta se agradece
Una cosa mas en declaracion te refieres a declararlo en la renta anual o en modelo 390 anual??
saludos y gracias
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Flamingo Asesores
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« Respuesta #3 en: 28 de Mayo de 2011, 02:56:51 » |
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Me refería a declararlo en tu renta anual. Saludos
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« Respuesta #4 en: 29 de Mayo de 2011, 09:09:11 » |
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Me refería a declararlo en tu renta anual. Saludos
Sin necesidad de estar dado de alta en una actividad?? si estoy haciendo una activitad de profesionales d ela pblicidad podria incluirlo en ella y asi no declararo en la renta? saludos
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Flamingo Asesores
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« Respuesta #5 en: 30 de Mayo de 2011, 12:17:33 » |
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Pero la actividad de publicidad que dices que ya realizas tendrás que declararla igualmente en tu renta como rendimientos de actividades económicas. Va a ir todo al mismo apartado de la renta (rendimientos de actividades económicas), aunque te dieras de alta en otro epígrafe para esta otra actividad que realizas. Saludos
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« Respuesta #6 en: 01 de Junio de 2011, 11:34:52 » |
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Gracias por tu tempo.
Pasa algo si lo declaras solo en la renta y sin darte dealta en un epefrafe especifico??
saludos
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Flamingo Asesores
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« Respuesta #7 en: 02 de Junio de 2011, 06:26:27 » |
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....todo depende...pero si ya estás declarando en actividades económicas y estos ingresos son poca cosa....no te va a pasar nada, aunque yo tengo que decirte lo que es lo correcto. Saludos
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« Respuesta #8 en: 03 de Junio de 2011, 10:21:56 » |
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Gracias por tus respuestas.
La verdad es que e spoca cantidad unos 300 euros.
El caso si los 30 euros no corresponden a la actividad que desarollo no seria correcto incuirla en la declaracion trimestral que realizo, no?
saludos
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Flamingo Asesores
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« Respuesta #9 en: 04 de Junio de 2011, 04:30:46 » |
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Hola Te refieres al 130, no? Ya te digo que no te pasaría nada si lo incluyes ahí...es poca cosa, pero tampoco te supondría nada presentar un 036 con un alta en esa otra actividad. (FYI también tendrías que saber que para las operaciones intracomunitarias y evitar que te facturen con IVA, tendrías que solicitar el alta como operador intracomunitario, si no realmente cualquier pais comunitario debería faturarte con IVA...el alta como operador es también a través del 036) Saludos
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« Respuesta #10 en: 04 de Junio de 2011, 10:14:55 » |
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Buenas,
Si son los modelos 130 y 303
Pero pasa que lo que cobro de esta otra actividad los ingresos estan exentos de iva osea que no me pagan con iva ni me quitan irpf, sabes? Seria lo mas correcto declararlo en la renta?
saludos
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Flamingo Asesores
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« Respuesta #11 en: 05 de Junio de 2011, 02:34:21 » |
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Hola
Si son prestaciones intracomunitarias de servicios tendrías que incluirlo en el 303, casilla 44, y si son exportaciones en la casilla 43. Y deberías incluir el ingreso en el 130
Saludos
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« Última modificación: 05 de Junio de 2011, 01:41:26 por Flamingo Asesores »
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« Respuesta #12 en: 07 de Junio de 2011, 08:19:42 » |
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Muchas gracias por tu ayuda.
Una cosa el modelo 303 solo es para ingresos de iva, no? Por lo cual si los mios estan exentos de iva y ademas del extranjero no se
saludos
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Flamingo Asesores
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« Respuesta #13 en: 09 de Junio de 2011, 12:17:26 » |
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El modelo 303 es para declarar el iva, puede ser a ingresar, a compensar o a devolver ....En la casilla 43 y 44, como te dije, se indican esas cantidades a efectos informativos solamente. Y si son servicios intracomunitarios presentar el 349 también. Saludos
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« Última modificación: 10 de Junio de 2011, 09:26:24 por Flamingo Asesores »
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« Respuesta #14 en: 06 de Julio de 2011, 08:49:02 » |
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Muchas gracia spor tu ayuda.
saludos
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